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Revocaron el fallo que declaró la inconstitucionalidad del régimen penal juvenil y sobreseyó a un menor de 14 años

La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas porteña revocó el fallo de la jueza Laura De Marinis que ...

La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas porteña revocó el fallo de la jueza Laura De Marinis que que había declarado la inconstitucionalidad de un artículo de la ley que bajó la punibilidad a los 14 años y, en consecuencia, sobreseyó a un menor de esa edad que, junto con un grupo de adolescentes, había sido detenido en flagrancia por un intento de robo en el barrio de Palermo. En la presentación también se pidió que la magistrada sea apartada de la causa.

Así lo informaron a LA NACION calificadas fuentes judiciales. La decisión fue tomada por unanimidad por los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Franza y Patricia Larocca.

“Adelanto que la declaración de inconstitucionalidad decidida en primera instancia no puede ser convalidada y habrá de ser revocada, en tanto, a mi modo de ver, los fundamentos desarrollados en la resolución no logran demostrar que el artículo 1º de la ley 27.801 resulte inconciliable con una norma constitucional o convencional, sino que, antes bien, exhiben una valoración adversa de la opción de política criminal adoptada por el legislador. Ciertamente, la jueza llega a su conclusión sobre la base de una determinada lectura de las observaciones y recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño, que constituyen pautas interpretativas relevantes, aunque sin fuerza vinculante autónoma; y de consideraciones generales acerca de la neurociencia y de la situación de vulnerabilidad del adolescente involucrado, sin explicar por qué razón esos elementos conducen necesariamente a la invalidez constitucional de la norma”, sostuvo en su voto el juez Mahiques, uno de los hermanos del ministro de Justicia de la Nación, Juan Bautista Mahiques.

Así fue el intento de robo a Hernán, la víctima del menor liberado por la jueza Laura De Marinis

Y agregó: “A pesar de que la declaración de inconstitucionalidad requiere identificar con precisión la norma superior vulnerada y explicar la contradicción insalvable que impediría aplicar la ley al caso, al constatar los fundamentos empleados en la resolución impugnada, se advierte una enumeración de diversos derechos y principios de jerarquía constitucional y convencional, pero no se explica de qué manera el umbral de punibilidad establecido por el legislador resulta incompatible con alguno de ellos”.

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Fuente: https://www.lanacion.com.ar/seguridad/revocaron-el-fallo-que-declaro-la-inconstitucionalidad-del-regimen-penal-juvenil-y-sobreseyo-a-un-nid25092026/

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